Resolución de 6 de mayo de 2020, de la Gerencia de Servicios Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras que hubieran iniciado el ejercicio del derecho de reducción de jornada o de excedencia y reúnan los requisitos previstos en la resolución de convocatoria. En el supuesto extraordinario de ejercicio del derecho de reducción de jornada laboral comprendido en alguno de los anteriores casos y derivado de la crisis del COVID-19, las personas trabajadoras podrán ejercitar su derecho durante un período mínimo de un mes. En este supuesto el porcentaje de reducción exigido será de al menos un 40%. Para atender al cuidado de hijo o hija menor de tres años o al cuidado de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, durante un período mínimo de un mes, ejercitado como consecuencia de la crisis del COVID-19.
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/05/07/pdf/BOCYL-D-07052020-3.pdf